Las ONG aplauden la propuesta de la Comisión Europea para incrementar el control y la transparencia de la flota pesquera de la UE que opera en todo el mundo

Press Release Date: diciembre 10, 2015

Location: Madrid

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Marta Madina | email: mmadina@oceana.org | tel.: Marta Madina

Las organizaciones no gubernamentales Environmental Justice Foundation (EJF), Oceana, The Pew Charitable Trusts y WWF han acogido muy favorablemente una propuesta publicada hoy por la Comisión Europea que permitiría cerrar vacíos legales en el reglamento que rige las operaciones de la flota pesquera de larga distancia de la UE.

“La propuesta de la Comisión Europea refuerza el compromiso de la UE de combatir la pesca ilegal en el ámbito internacional,” afirma María José Cornax, Directora de pesca de Oceana en Europa. “Felicitamos a la Comisión por la iniciativa de crear un registro público de transparencia que acabe de una vez por todas con años de secretismo sobre las actividades de la flota fuera de las aguas de la UE, así como por la decisión de incluir en él los acuerdos que las empresas firman con Estados costeros, principalmente países en desarrollo (acuerdos privados y de fletamiento). Toda la flota de larga distancia europea debería ser transparente y sostenible y rendir cuentas de sus operaciones, incluyendo los buques que pescan con arreglo a acuerdos privados”.

La medida constituye una revisión del Reglamento de 2008 relativo a la Autorización de las actividades pesqueras de la UE, que determina las normas por las que deben regirse las flotas pesqueras de la UE que operan por todos los océanos del planeta. Si la propuesta se aprueba, pondría el Reglamento de autorización de actividades pesqueras en sintonía con la rigurosa legislación que la Unión Europea introdujo en 2010[1] para poner freno a la pesca ilegal, así como con las disposiciones legales relativas a las pesquerías exteriores de la UE que figuran en la nueva Política Pesquera Común. La propuesta exige por primera vez que los buques se incluyan en una base de datos o registro público y se adhieran a la legislación y las normas de gestión pesquera de la UE en el caso de acuerdos privados y de fletamiento.

Uno de los problemas abordados en la propuesta es el cambio de pabellón o ‘reabanderamiento’. Existen pruebas de operadores de la UE cambiando rápida y repetidamente el pabellón del buque por uno de Estados extracomunitarios que, en algunos casos, no combatían la pesca ilegal. Dichos operadores podían entonces volver a cambiar el pabellón del buque por uno de la UE y beneficiarse de los acuerdos de acceso y las subvenciones. La Comisión Europea está intentando evitar que los buques participen en este tipo de actividades y conseguir que los números de identificación de la Organización Marítima Internacional (OMI) sean obligatorios cuando los buques faenen fuera de las aguas de la UE.

Más de 15.000 buques operan en virtud del Reglamento de autorización de actividades pesqueras para pescar en aguas no comunitarias, y lo hacen a través de varios acuerdos, entre los que figuran tanto acuerdos entre la UE y terceros países como acuerdos privados y de fletamiento que las empresas privadas o los ciudadanos de la UE celebran directamente con autoridades o empresas de países costeros extracomunitarios.

La información sobre la cifra total de buques que pescan en virtud del Reglamento de autorización de actividades pesqueras, así como sus nombres y el momento y el lugar en los que llevan a cabo sus operaciones, nunca había sido divulgada públicamente hasta que, recientemente, las organizaciones EJF, Oceana y WWF lanzaron www.whofishesfar.org.

En palabras de Mireille Thom, especialista en políticas marinas del Programa Internacional de Pesca de la organización WWF del Reino Unido:  “La UE ya ha hecho gala de su determinación de detener el comercio de productos ilegales de la pesca con destino a la Unión Europea. Para mantener la credibilidad, deberá realizarse ahora un esfuerzo parecido para garantizar la existencia de medidas estrictas que cierren los vacíos legales de los que adolece el actual Reglamento relativo a la autorización de las actividades pesqueras de la UE con el fin de evitar que los operadores de la UE participen en actividades ilegales fuera de las aguas comunitarias”.

Notas para los editores:

 

  • La UE es el mayor mercado de productos de la pesca del mundo, e importa más del 60% del pescado que consume.
  • La propuesta de la Comisión Europea constituye una versión revisada y actualizada del Reglamento (CE) n° 1006/2008 del Consejo de 29 de septiembre de 2008 relativo a la autorización de las actividades pesqueras de los buques pesqueros comunitarios fuera de las aguas comunitarias y al acceso de los buques de terceros países a las aguas comunitarias (conocido como Reglamento de autorización de actividades pesqueras, o “FAR” por sus siglas en inglés).
  • Algunas empresas de la UE llegan a acuerdos privados con ciertos países no comunitarios que les conceden un acceso privado a posibilidades de pesca dentro de las aguas de dichos Estados costeros. Esto está permitido únicamente en las aguas de aquellos países con los que no existen acuerdos oficiales de pesca de la UE (acuerdos de asociación de pesca sostenible, AAPS). Asimismo, algunas empresas de la UE celebran acuerdos de fletamento para que sus buques comunitarios puedan acceder a los recursos de ciertos Estados costeros en colaboración con empresas locales.
  • El reabanderamiento repetitivo o abusivo se produce cuando los buques de la UE que han salido de la flota pesquera de la UE enarbolan el pabellón de un país tercero para poder continuar operando. A continuación vuelven al pabellón de la UE, lo cual les permite acceder a las ventajas y las subvenciones de la UE incluso cuando pueden haber estado involucrados en actividades de pesca ilegal bajo un pabellón no comunitario.